CÓDIGO DE ÉTICA

Codigo de Etica

Art.- 1 El Código de Etica de Radio Uno FM “La Radio de todos”;tiene como finalidad la aplicación de principios y valores estableciendo normas de conducta dentro del desarrollo de las labores diarias; para quienes trabajan en la emisora de radio y realizar estas labores de una manera, transparente, eficaz, honorable y adecuada; en la actividad radial, para contribuir a la sociedad mediante una excelente calidad de comunicación y transmisión radial.

Art.-2 La información transmitida al aire en los diferentes programas será verificable y no expeculaciones o simples rumores, ademas debe ser de interés general, se tratará dentro de las posibilidades trasmitirla de manera inmediata a lo ocurrido, y la informacion debe ser actualizada.

Art.3.-La honra y el buen nombre de las personas tendrán que ser respetadas, evitar la difamacion, los adjetivos
calificativos con ironias hirientes, frases con doble sentido, el respeto debe prevalecer como principio ineludible.

Art.4.-Se fomentará un buen ambiente de trabajo en el cual se fortalecerán lazos de colaboración, respeto mutuo y eficiencia entre los colaboradores de la radio, el publico, autoridades, oyentes.

Art.5.-Se colaborará con la ciudadanía y la sociedad en general dentro de sus posibilidades en la búsqueda de solucion a los diferentes problemas que afecten a la ciudadania convirtiendose en el nexo entre autoridades y pueblo.

Art.6.-La informativo que se transmita deber cierta, objetiva, actualizada, contextualizada, contrastada la fuente sin censura previa acerca de los sucesos.

Art.7.-Los diversos programa que se trasmitan en la radio deben tener contenidos con fines informativos, educativos y culturales evitando todo tipo de expresiones vulgares, ofensivas, discriminatorias. .

7.1.- Al difundir la información y opinión debe respetar las siguientes normas:
7.1.1.Cuando se refiera a la dignidad humana:
a) Respetar la honra y la reputación de las personas;
b) Abstenerse de realizar y difundir contenidos y comentarios discriminatorios; y,
c) Respetar la intimidad personal y familiar.
7.1.2. Relacionados con los grupos de atención prioritaria:
a) No incitar a que los niños, niñas y adolescentes imiten comportamientos perjudiciales o peligrosos para su salud;

b) Abstenerse de usar y difundir imágenes o menciones identificativas que atenten contra la dignidad o los derechos de las personas con graves patologías o discapacidades;

c) Evitar la representación positiva o valorativa de escenas donde se haga burla de discapacidades físicas o psíquicas de las personas;

d) Abstenerse de emitir imágenes o menciones identificativas de niños, niñas y adolescentes como autores testigos o víctimas de actos ilícitos; salvo el caso que, en aplicación del interés superior del niño, sea dispuesto por autoridad competente;

e) Proteger el derecho a la imagen y privacidad de adolescentes en conflicto con la ley penal, en concordancia con
las disposiciones del Código de la Niñez y Adolescencia; y,

f) Abstenerse de emitir contenidos que atenten contra la dignidad de los adultos mayores, o proyecten una visión
negativa del envejecimiento.

7.1.3. Relacionados con las prácticas del medios de comunicación social:
a) Respetar la libertad de expresión, de comentario y de crítica;
b) Rectificar, a la brevedad posible, las informaciones que se hayan demostrado como falsas o erróneas;
c) Respetar el derecho a la presunción de inocencia;
d) Abstenerse de difundir publireportajes como si fuese material informativo;
e) Cuidar que los titulares sean coherentes y consistentes con el contenido de las noticias;
f) Distinguir de forma inequívoca entre noticias y opiniones;
g) Distinguir claramente entre el material informativo, el material editorial y el material comercial o publicitario;
h) Evitar difundir, de forma positiva o avalorativa, las conductas irresponsables con el medio ambiente;
i) Asumir la responsabilidad de la información y opiniones que se difundan;
j) Abstenerse de realizar prácticas de linchamiento mediático, entendiendo por tales, la difusión de información concertada y reiterativa, de manera directa o por terceros, a través del medio de comunicación destinada a
desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública;y,

7.1.4. Concernientes al ejercicio profesional:
a ) Respetar los principios constitucionales respecto a la verificación, oportunidad, contextualización y contrastación de información de relevancia pública o interés general;

b) Abstenerse de omitir y tergiversar intencionalmente elementos de la información u opiniones difundidas o descontextualizar;

c ) Prohibido obtener información o imágenes con métodos ilícitos;

d ) Evitar un tratamiento morboso a la información sobre crímenes, accidentes, catástrofes u otros eventos similares;

e) Defender y ejercer el derecho a la cláusula de conciencia;

f) Impedir la censura en cualquiera de sus formas, independientemente de quien pretenda realizarla;

g) No aceptar presiones externas en el cumplimiento de la labor periodística;

h) Ejercer y respetar los derechos a la reserva de fuente y el secreto  profesional;

i) Abstenerse de usar la condición de periodista o comunicador social para obtener beneficios personales;

j) No utilizar en provecho propio información privilegiada, obtenida en forma confidencial en el ejercicio de su función informativa; y,

k) Respetar los derechos de autor y las normas de citas.

Art.8.- No se realizará comentarios que induzcan a la violencia, la discriminación, el racismo, la toxicomanía, el sexismo, la intolerancia religiosa o política.

Art. 9.- Se capacitara al personal de la radio para potencializar capacidades como: la creatividad, la innovación, la tolerancia, la acertividad; ademas conocimiento en las nuevas herramientas de la comunicacion..

Art.-10.- Se colaborará con la sociedad en general a traves de la presencia informativa ante cualquier crisis, la solidaridad con personas o familias afectadas por cualquier circunstacias.

Art.-11.- Se receptará las denuncias a personas que quieran realizarlo previa concienciación de la responsabilidad ulterior que conlleva el expresar su opinión y se receptará los datos como nombres, apellidos, número de cédula, bajo la responsabilidad exclusiva de la persona que denuncia un hecho

Art..-12 Los demás aspectos estarán sujetos a la Constitución y demás leyes que rigen el país así como el reglamento interno de la radio